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Medidas de apoyo al sector cultural y de carácter tributario para hacer frente al impacto económico y social del COVID-2019

Por ser de interés para todos los socios y donantes de Duchenne Parent Project España (DPPE), os mostramos extracto de la publicación en el BOE, del Real Decreto-ley 17/2020, de 5 de mayo, por el que se aprueban medidas de apoyo al sector cultural y de carácter tributario para hacer frente al impacto económico y social del COVID-2019. BOE núm. 126 de 6 de mayo.

En esta norma, a través de la Disposición Final Segunda se modifica la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo.

Así, con efectos desde el 1 de enero de 2020, se modifica el apartado 1 del artículo 19 de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo, que queda redactado de la siguiente manera: los contribuyentes del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas tendrán derecho a deducir de la cuota íntegra el resultado de aplicar a la base de la deducción correspondiente al conjunto de donativos, donaciones y aportaciones con derecho a deducción, determinada según lo dispuesto en el artículo 18 de esta Ley.

Igualmente, si en los dos períodos impositivos inmediatos anteriores se hubieran realizado donativos, donaciones o aportaciones con derecho a deducción en favor de una misma entidad por importe igual o superior, en cada uno de ellos, al del ejercicio anterior, el porcentaje de deducción aplicable a la base de la deducción en favor de esa misma entidad que exceda de 150 euros, será el 40 por ciento.

Ahora tu cuota de socio y/o donaciones que realices a Duchenne Parent Project España desgravan más todavía.

Te ponemos algunos ejemplos:

¡Te necesitamos! ¡Que no pare la investigación!

De tal manera,

  • Los primeros 150 euros de donación pasa a tener una deducción de un 80%, frente al 75% anterior.
  • El resto de la donación, a partir de 150 euros, tendrá una deducción del 35%, frente al 30% anterior.
  • Por reiteración en la donación en los dos periodos impositivos anteriores a la misma entidad, por importe igual o superior, que exceda de 150 euros, pasa a tener una deducción del 40%, frente al 35% anterior.

En definitiva, se elevan un 5% los porcentajes de deducción establecidos hasta ahora.

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