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Todos los donativos a Duchenne Parent Project España se pueden deducir en la declaración del IRPF dentro de los límites que establece la Ley 49/2002.

Para las personas físicas, en los primeros 250€ donados la desgravación es del 80% y un 40% adicional para cantidades superiores o un 45% si llevas colaborando con nosotros al menos 2 años seguidos, con un límite del 10% de la base liquidable.

*Si resides en una comunidad autónoma sujeta a un régimen foral particular o que ha establecido deducciones adicionales por donaciones a ONG, las deducciones aplicables pueden ser diferentes.

Si quieres ampliar la información sobre estos beneficios fiscales, por favor, consulta la web de la Agencia Tributaria: www.aeat.es

Si has realizado un ingreso, una transferencia bancaria o una donación por PayPal y quieres recibir el certificado de donación para desgravarte en la renta, es imprescindible que te pongas en contacto con nosotros en tesoreria@duchenne-spain.org facilitándonos tu DNI o NIF y domicilio, antes del 15 de Enero del año en curso, puesto que el 31 de enero finaliza el plazo oficial para la presentación ante Hacienda de los datos de los donantes junto con las donaciones efectuadas a esta Entidad.

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Para personas jurídicas tu donación es deducible en el impuesto de sociedades con el 40% de tus cuotas y si llevas colaborando con nosotros al menos 2 años seguidos la deducción será del 50%, con un límite del 15% de la base liquidable.

*Si resides en una comunidad autónoma sujeta a un régimen foral particular o que ha establecido deducciones adicionales por donaciones a ONG, las deducciones aplicables pueden ser diferentes.

Si quieres ampliar la información sobre estos beneficios fiscales, por favor, consulta la web de la Agencia Tributaria: www.aeat.es

Si has realizado un ingreso, una transferencia bancaria o una donación por PayPal y quieres recibir el certificado de donación para desgravarte en la renta, es imprescindible que te pongas en contacto con nosotros en tesoreria@duchenne-spain.org facilitándonos tu DNI o NIF y domicilio, antes del 15 de Enero del año en curso, puesto que el 31 de enero finaliza el plazo oficial para la presentación ante Hacienda de los datos de los donantes junto con las donaciones efectuadas a esta Entidad.

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